martes, 13 de octubre de 2015

LOS EXILIADOS GABRIEL CASACCIA - TRABAJO DE ANA MEAURIO

TRABAJO DE DERECHOS HUMANOS

        PROF:          MONICA DUARTE
         ALUMNA: ANA MEAURIO
         SEMETRE: 8   


FICHA     

         LIBRO: LOS EXILIADOS    
         AUTOR: GABRIEL CASACCIA
         EDITORIAL: EL LECTOR   
         AÑO: 1997                             N°PAGINAS: 220        


BIOGRAFIA: 

 BENIGNO GABRIEL CASSACIA BIBOLINI.ASUNCION, 20 DE ABRIL DE 1907, BUENOS AIRES ARGENTINA 24 DE NOVIEMBRE DE 1980.

RECUENTO DE SU OBRA  
*HOMBRES, MUJERES Y FANTOCHES      
*BANDOLERO
*EL GUAJHU    
*EL POZO          
*LA BABOSA
*LA LLAGA
*LOS HEREDEROS
*LOS HUERTOS



DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Artículo 1.

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
¨TODOS LOS OFICIOS EN QUE SIRVES A OTRO SON HUMILLANTES. YO NO PUEDO VER QUE UN HOMBRE SE HAGA SERVIR POR OTRO¨Pag.91

Artículo 2.

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
¨NO ES VOZ DE HOMBRE LA DE POLACA NI DE HERMAFRODITA, SINO PROSTIBULOSA. ES LA VOZ DE SU OFICIO¨Pag.53

Artículo 3.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
¨AHI ESTA EL DOCTOR ELOY QUE SE DEFIENDE HACIENDO ABORTOS¨ Pag.3

Artículo 4.

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
¨AH, PERO NO SABÉS QUE EL QUILOMBO TERMINÓ. LO CLAUSURARON EN SEGUIDA DESPUÉS DEL LÍO. TODAS LA CHICAS SE FUERON.Pag.210

Artículo 5.

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
¨AL NOCHE SIGUIENTE DE SU DETENCION, DESPUES DE SOMETERLO TODO EL DIA ANTERIOR A CASTIGOS Y DUROS Y CONTINUOS INTERROGATORIOS, LA POLICIA LO TRANSPORTÓ EN UNA LANCHA CON OTROS PRESOS POLITICOS, A LA COSTA ARGENTINA, DEJÁNDOLO ABANDONADO CERCA DE CLORINDA¨Pag.30

Artículo 6.

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7.

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
¨TE OLVIDÁS QUE MAZZEI ES ITALIANO, UN GRINGO, Y LOS GRINGOS SON TODOS MISERABLES. NO AFLOJAN NADA¨
¨ESTELVINASIN ABANDONAR SU GESTO DESPRECIATIVO Y BURLÓN A LA VEZ:-LO QUE ES POR ES FACHA A ÉSE NO LO ACEPTAN EN NINGUPA PARTE. SÓLO VOS PUDISTE RECIBIRLO¨ Pag. 21

Artículo 8.

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9.

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
¨UNA NOCHE, ESTANDO CON SU MADRE,CON QUIEN VIVIA, EN UNA MISERA CASUCHA DEL BARRIO DE LA CHACARITA, UNA AMIGO VINO A AVISARLE QUE LA POLICIA HABIA DESCUBIERTO QUE ÉL ERA EL AUTOR DE LOS ARTICULOS Y QUE LO DETENDRIAN DE UN MOMENTO A OTRO¨Pag.45

Artículo 10.

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
¨GILBERTO ERA PUESTO EN LIBERTAD CON UN SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, COMO LO PREVIÓ EL DOCTOR GAMARRA. AUQUE HABIA ALGUNAS PRESUNCIONES EN SU CONTRA, NINGUNA DE ELLAS ERAN LO SUFICIENTEMENTE GRAVES Y CONVINCENTES COMO PARA CONDENARLO¨Pag.202-203

Artículo 11.

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
¨MAIDANA SUPONIA QUE LA POLICIA IBA A DETENERLO POR ESTAR ACUSADO DE PRACTICAR EN UN COMPLOT PARA MATAR AL GENERAL ALSINA¨

Artículo 12.

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
¨LA POLICIA DEL GENERAL ALSINA ME PERSEGUIA CONSTANTEMENTE. ME QUERIAN MATAR DE HAMBRE A MI Y A MI FAMILIA¨Pag.29

Artículo 13.

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
¨EL DOCTOR ROLANDO GAMARRA HABIA SIDO DEPORTADO VEINTE AÑOS ATRÁS DE SU PAIS, EL PARAGUAY, AL CAER SU PARTIDO, POR UN GOLPE REVOLUCIONARIO¨Pag.18
¨YO HACE UN AÑO QUE ANDO DESTERRADO Y YA ESTOY PODRIDO DE TODO ESTO¨Pag.33

Artículo 14.

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
¨ENCARGÁNDOLE A SU MADRE LE LLEVASE AL DIA SIGUIENTE ALGUNAS ROPAS Y OTRAS COSAS DE USO PERSONAL A LA EMBAJADA DEL URUGUAY, CORRIÓ A ASILARSE EN ELLA¨Pag.45

Artículo 15.

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
¨PERO TE JURO QUE NINGUN PARAGUAYO VA A PISAR ESTA PENSIÓN...TODOS USTEDES SON CULPABLES¨Pag.212

Artículo 16.

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
¨EL SUEÑO DE GRACIELA ERA CASARSE CUANTO ANTES Y MARCHARSE A BUENOS AIRE¨ Pag.44

Artículo 17.

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
¨ESE PERRO, ESE DESGRACIADO DE LEONÍ ME HA DEJADO EN LA CALLE¨Pag.211

Artículo 18.

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
¨YO DE LO QUE TENGO MIEDO ES QUE HAGAN INTERVENIR AL OBISPO O ALGUNA AUTORIDAD ECLESIÁTICA, Y ME CIERRAN LA PENSIÓN...PORQUE EN ESTE PAIS LOS CURAS HACEN LO QUE QUIEREN¨Pag.66

Artículo 19.

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
¨AGAZAPADO EN ESOS OSCUROS EMPLEOS, COMO UN TIRADOR DESDE UN RINCON, ESCRIBIAARTICULOS VIRULENTOS Y PANFLETARIOS CONTRA EL GENERAL RAIMUNDO ALSINA EN UNA HOJA REVOLUCIONARIA¨Pag.45

Artículo 20.

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
¨ESTUVIERON MUCHOS EN LA REUNION?- PREGUNTÓ ETELVINA, REFIRIENDOSE A LA REUNION POLITICA DE ESA TARDE. CUATRO. FALTARON SEIS- CONTESTÓ EL DOCTOR GAMARRA MALHUMORADO- TEA ASEGURO QUE SON EXILIADOS COMO ESTOS EL GENERAL ALSINA SE MORIRÁ DE VIEJO EN EL PODER¨Pag.38

Artículo 21.

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
¨SI NO FUERA POR TU MANÍA DE LA POLITICA Y DE QUERER ANDAR BIEN CON TODOS EXILIADOS, YO DE BUENA GANA PODRIA UN LETRERO EN LA ENTRADA QUE DIGA: NO SE ADMITEN PARAGUAYOS¨ Pag.21
¨A LO MEJOR ESTAMOS HACIENDO UNA MACANA-RESPONDIÓ MAIDANA- NO CREO QUE SE CONSIGA NADA MATANDO A CÁCERES.DE ASUNCION VAN A PEDIR QUE SE TOMEN MEDIDAS COONTRA NOSOTROS LO EXILIADOS. HARAN UNA RECLAMACION DIPLOMÁTICA, Y POSIBLEMENTE NOS INTERNE¨Pag.189

Artículo 22.

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23.

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

¨DESDE QUE LLEGÓ EMIGRADO A FORMOSA Y PUSO UNA PENSIÓN, HASTA HOY, VEINTE AÑOS DESPUES, REPETIA A MENUDO AQUELLAS O PARECIDAS PALABRAS. TANTO EL COMO SU MUJER SENTIANSE REBAJADOS Y SECRETAMENTE HUMILLADOS POR TENER QUE ANDAR EN NEGOCIO TAN INFERIOR PARA SU CONDICION SOCIAL¨
¨SOLIA DECIR QUE SI HUBIESE PODIDO ELEGIR UNA PROFESION LE HUBIERA GUSTADO SER CONTADORA¨Pag.53

Artículo 24.

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
¨EL SUEÑO DE MELCHORA ERA ELEVARSE UN DIA DE LA HUMILDE SITUACION DE CRIADA A PUPILA¨Pag.54

Artículo 25.

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
¨BENITA SENTANDOSE EN UNA SILLAQUE EL DOCTOR LE INDICÓ, DESPUES DE DEPOSITAR JUNTO A SI, EN EL SUELO, UNA CANASTA REPLETA DE PAQUETES Y  UN PESADO ATADO  HECHO CON UN PANTALÓN SUCIO, DE CUADROS BLANCOS Y GRISES.CRUZÓ SUS MANOS SOBRE SU ENORME SOBRE SU ENORME VIENTRE DE EMBARAZADA, Y CRUZANDO TAMBIEN SUS PIES DESCALZOS, LOS LLEVÓ HACIA ATRAS, OCULTÁNDOLOS BAJO LA SILLA¨Pag.18

Artículo 26.

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
¨EN EL PARAGUAY APENAS SI SABEN SUMAR,PERO NI BIEN PONEN EL PIE EN LA ARGENTINA SE CONVIERTEN EN CONTADORES¨

Artículo 27.

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
¨EN SU JUVENTUD HABIA ESTUDIADO CANTO,Y AUQUE UNA VEZ CASADA DEJÓ DE PRACTICARLO, NO HABIA EN POSADAS FESTIVAL DE CARIDAD NI REUNION SOCIAL EN QUE NO CANTASE SU TROZO DE ÓPERA¨ Pag.17

Artículo 28.

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29.

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unid
¨VALENTINA SE LO EXPLICÓ. EL MES ANTERIOR SE HABIAN REUNIDO COMO AHORA EN EL PATIO, Y AL DIA SIGUIENTE TODOS VECINOS FUERON A LA POLICIA QUEJÁNDOSE DE QUE NO PUDIERON DORMIR POR EL BOCHINCHE Y LOS GRITOS¨Pag.29

Artículo 30.

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.







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