martes, 13 de octubre de 2015

DESAFIO - MARIBEL BARRETO- Trabajo de PAOLA AMARILLA


UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN.
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES.
FILIAL CORONEL OVIEDO. SECCIÓN CAAGUAZÚ.

Trabajo Práctico
De
Derecho Humano.


Alumna:
           Paola Amarilla
Profesora:
              Abogada Mónica Duarte
Semestre:
             Octavo
Tema:
         Libro “Desafío”

CAAGUAZÚ – PARAGUAY
2015
Ficha Bibliográfica.
Alumna: Paola Amarilla.
Nombre del Libro: Desafío.
Nombre de la Autora: Maribel Barreto.
Editorial: Servilibro. Asunción – Paraguay.
Páginas del Libro: Contiene 195 páginas
Biografía de la Autora.
Maribel Barreto: Maestra y Profesora Normal. Licenciada en Humanidades por la Universidad Católica Nuestra Señora de la Asunción. Máster en Letras por la Universidad del Norte. Diplomado en Literatura Hispanoamericana por la Universidad del Norte. Postgrado en Gestión Educativa en la Universidad Católica Nuestra Señora de la Asunción, y otro sobre Administración Educativa y Calidad Total, en la misma. Catedrática de Lengua Castellana en las carreras de Ciencias de la Educación, Ciencias de la Comunicación y Letras, de la Facultad de Filosofía de la U.N.A., y de Teoría Literaria en la misma. Productora de textos de Lengua y Literatura Castellana para Nivel Secundario y Medio. Autora de libro de lectura y de comunicación para la Educación Escolar Básica. Ex Presidenta de la Sociedad de Escritores del Paraguay (SEP). Ex Vice Presidenta de EPA (Escritoras Paraguayas Asociadas). Es socia del PEN Club del Paraguay.






Argumentación.
Del Libro Desafío.
            Mila es el eje de la novela: la acción se mueve por lo que a ella le sucede, los demás actantes giran alrededor de ella para comprenderla o sentirse desconcertados, para admirarla o subestimarla, para amarla o rechazarla. La composición está organizada según lo que a ella le sucede.
            La minusvalía se revela la fortaleza, en tanto quien dispone de ventajas, de capacidades, se va destruyendo a si mismo con el signo trágico que elabora la diferencia.
            El sufrimiento de Mila, que la lleva a tocar fondo, se transforma en un impulso que la proyecta arriba, donde por la vía del arte y de la sensibilidad surge, increíble, imbatible, enarbolando la bandera de la victoria del minusválido, dueño de su destino.
            Mila, una joven artista, profesora de niños, jóvenes y adultos que muestra a través de la pintura, la imaginación que les invade y  expresan por medio de los lienzos, su creatividad, locuras, costumbres, ideologías, ideas, anécdotas y sobre todo el amor que tenía por su gran amigo, el poeta enamorado. Que estando consiente escribía las más hermosas poesías que su amada y mejor amiga Mila, corregía con mucho gusto porque se entendían con la simple mirada, dulce que se demostraban mutuamente.
            Mila sorteo todo tipo de discriminación por su estado minusválido, con un cuerpo de niña, a pesar de ser toda una adulta. Enfrento todo  por el amor, no se detuvo ante nada, para poder llevar a cabo su más anhelado sueño, de poder disfrutar su amor, a pesar de la depresión que vivía su amado Fredy. Fue hasta Uruguay tras él, para curarlo con su amor, y paciencia, lo interno en una clínica siquiátrica de ahí, lo pudo hacer mediante el acto del matrimonio, cuando volvió a decaer su amado, ella volvió al Paraguay inundada de tristeza, su alegría se esfumo con el paso del tiempo, la soledad fue su compañía hasta el último día.








DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
Preámbulo.
            Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
            Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
            Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
            Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
            Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
            Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
            Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso.






La Asamblea General proclama la presente:

            Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
                        “Cuando se habla con ella uno olvida que se trata con una invalida, porque la luz que irradia su inteligencia se refleja en sus pupilas y en esa risita entre la irónica y segura.” Página; 48
                        “Es que el amor nos acerca, nos hace iguales, nos identifica.” Página: 116
                               “Mientras una parte de la sociedad lucha por los derechos de las mujeres.” Página: 143

Artículo 2:

                 1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
                2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
            “Si te sentís capaz de amar y de luchar, procura convertir en realidad tus sueños.” Página; 84

Artículo 3

                 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
               “El mundo nuevo que pretenden vivir es de libertad absoluta, sin ley, sin restricciones. Si pero son un grupo muy reducido” Pagina; 35
             “Cada alumno debía expresarse de acuerdo con sus capacidades” Pagina; 39
            “Usen la libertad que les brinda la imaginación y la oportunidad que ofrece el momento de la creación.” Página; 55
            “Ellos seguirán mis lecciones, crearan con libertad, todo el dramatismo que nos rodea plasmaran en cada cuadro, darán testimonio de tantos traumas y aberraciones, ellos hallan la belleza hasta las deformidades, por eso me aman sin retaceos y no se complacen en ver lo que me falta sino de recibir lo que tengo, lo que les doy y eso lo perciben con los ojos de corazón, con inteligencia, creativa y critica, con alma de artista.” Página; 62

Artículo 4:

                 Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
                “También nos explica que en los cañaverales del Brasil, hacen trabajar a los niños pequeños, que viven hacinados en barracas. Y que los alimentan dos veces al día con una mezcla de fariña con poroto, solo les dan una  vez por la mañana y otra a la tarde para no perder el tiempo en el trabajo.” Página: 44
                “La explotación de los niños en países lejanos oriente dice que en Egipto los niños tejen tapices y alfombras que se los elige por tener las manos pequeñas y pueden tramar mejor los hilos.” Página: 44

Artículo 5:

                  Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
            “No puede imaginar la tortura inferior del ser amado, quisiera mitigar en parte ese peso que le oprime el pecho, sabe ella de la opresión que el siente es como si llevara una camisa de fuerza, de la que necesita liberarse, siempre le dijo, si no fuera por vos mi pequeña, hace tiempo me hubiera matado.” Página; 115      
            “Ayer me informaron que uno de mis primos es víctima de tortura, él, un joven ingeniero agrónomo profesor de la Escuela Agrícola Salesiana, lo acusaron de pertenecer al grupo de jóvenes universitarios que luchan por la caída del Dictador por medios violentos, dicen que está integrado a las guerrillas.” Página: 125

 

Artículo 6:

                  Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7:

                 Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
               “La puritana de mi cuñada acusaba a la dueña de casa de contar entre sus amigos a homosexuales” Pagina: 16
              “Vos no podes enamorarte de esa chica, será buena artista, pero es incompleta, es deforme” Pagina: 19
             “Leemos, discutimos sobre arte, política, claro que es un amor diferente que no podes entender y ahora retírate, voy a tener visita. Si serán todos los vagos sin conchabo que vienen a consumir tus galletitas.” Página; 69
              “Es una verdadera desgracia que se haya enamorado de una mujer con la que no podrá disfrutar de un paseo por la playa, o de correr por el parque en una tarde de sol.” Página: 87
              “Vos sos un hombre bien parecido, culto, no podes pasarte al lado de esa invalida que te domina porque tiene carácter, justo lo que a vos te falta.” Página: 96
              “Y no olvides que tiene esa amiga minusválida. Sí, pero no viene a buscarlo. Ja, ja, claro, querida, no puede moverse, se conforma con esperarlo.” Página: 98
            “Tengo una alumna racista que no quiere sentarse con un chico moreno.” Página: 144

Artículo 8:
                  Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9:

                  Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
              “Hoy mismo otro primo, el que trabaja en la función pública me dijo: “por qué se mete”, y yo le replique: no hace falta que te metas, basta con que un pyrague de algún mal informe para que la policía te caiga encima y te lleve en la “caperucita”, la temida camioneta roja; qué cansada me siento, abatida por mi amor cautivo de la depresión y por mi primo recluso en esa cárcel inmunda.” Página 127

Artículo 10:

                    Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11:

                        1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
                        2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12:

                    Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13:

                        1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
                        2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14:

                        1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
                        2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

 

Artículo 15:

                        1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
                        2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16:

                        1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
                        2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
                        3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
                        “En este país los trámites son sencillos, se casaron en las afueras de la capital en un juzgado de barrio.” Página: 180

Artículo 17:

                        1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
                        2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18:

                        Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
                    “Cada obra realizada era la creación de una singularidad que ella respetaba y motivaba no solo con palabras, sino con la actitud consciente de la concepción del mundo que cada discípulo revelaba” Página: 111

Artículo 19:

                        Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

                        “El mundo nuevo que pretenden vivir, es de libertad absoluta, sin ley, sin restricciones.” Página: 35

                        “Cada alumno debía expresarse de acuerdo a sus capacidades.” Página: 39

                        “La alegría transparente de los que armonizan su expresión con las bellezas que la vida ofrece; en otros, las desigualdades irremediable de una sociedad injusta, que espera redimirse a través del arte.” Página: 112

Artículo 20:

                        1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
                        2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
                        “Mi familia es numerosa y la integran miembros de todas las ideologías, probablemente no haya entendimiento político, pero si hay respeto entre todos.” Página: 126

Artículo 21:

                        1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
                        2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
                        3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22:  

                        Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

 

 

Artículo 23:

                        1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
                        2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
                        3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
                        4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
                          “Los inmigrantes ilegales, que en los Estados Unidos los inmigrantes ilegales trabajan como recolectores de algodón y viven en barracas inmundas, son mal remunerados y no pueden denunciar nada por temor a ser deportados.” Página; 45
                        “Mientras una parte de la sociedad lucha por los derechos de las mujeres, las mujeres trabajan sin descanso, atienden a sus maridos e hijos varones.” Página: 143

Artículo 24:

                        Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25:

                        1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
                        2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26:

                        1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
                        2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
                        3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
                        “Basto un año para que aprendiera a leer y a escribir correctamente” Pagina: 24
                        “Desde que aprendí a leer me gustaron los libros, leía de todo lo que caía en mis manos, desarrolle mi lenguaje porque me servía para retener a la gente a mí lado, los mayores me escuchaban, algunos por gustos otros por curiosidad.” Página: 28
                        “Te traigo un libro de Cortázar, tiene la ventaja de poder ser leído de adelante o de atrás, con eso él rompe el orden, para algunos será el caos.” Página; 57

Artículo 27

                        1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
                        2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28:

                        Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29:

                        1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
                        2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
                        3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30:

                        Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.


















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