Ficha Bibliográfica.
Alumno: Milcar Dario Amarilla Aguilera.
Nombre del Libro: Los nudos del silencio.
Nombre de la Autora: Renée Ferrer.
Editorial: Servilibro. Asunción – Paraguay.
Páginas del Libro: Contiene 300 páginas
Biografía de la Autora.
Renée Ferrer nació en Asunción, Paraguay. Es poeta, novelista, cuentista,
dramaturga, se doctoró en Historia por la Universidad de Asunción con su tesis “Desarrollo
Socio-Económico del Núcleo Poblacional Concepcionero” publicada posteriormente con el
título de Un siglo de expansión colonizadora. Los orígenes de Concepción (1986). Entre
sus numerosas publicaciones se destacan Poesía completa hasta el año 2000, que reúne los
poemarios: Hay surcos que no se llenan (1965), Voces sin réplica (1967), Cascarita de nuez
(1978), Desde el cañadón de la memoria (1982), Galope (1983), Campo y cielo (1985),
Peregrino de la eternidad (1985), Sobreviviente (1985), Nocturnos (1987), Viaje a
destiempo (1989), De lugares momentos e implicancias varias (1990), El acantilado y el
mar (1993), Itinerario del deseo (1994), El resplandor y la sombra (1996), De la eternidad y
otros delirios (1997), El ocaso del milenio (1999). Posteriormente publicó Las cruces del
olvido (2001), Celebración del cuerpo y otros cantos (2007), Las moradas del universo
(2011), e Ignominia (2013); las novelas: Los nudos del silencio (1988), Vagos sin tierra
(1999), La Querida (2008), sobre la dictadura de Alfredo Stroessner. Ha publicado las
colecciones de cuentos: La Seca y otros cuentos (1986), Por el ojo de la cerradura (1993),
Desde el encendido corazón del monte (1994) y Entre el ropero y el tren (2004) y la obra
teatral La colección de relojes (2001). Han escrito literatura infantil entre la que se cuentan,
además de los poemarios citados, La mariposa azul y otros cuentos (1987), El pequeño
Robin Hood (2013); las novelas Las andanzas de un anhelo (2003), y Pupunca (2011) y las
obras teatrales El misterio de la mariposa azul (2004), Salvemos el lago (2008) y De cómo
un niño salvó un cedro (2011).
En el año 2003 recibió la condecoración “Caballero de la Orden de las Artes y las
Letras”, otorgada por el Ministro de la Cultura y de la Comunicación de Francia. Su obra
está incluida en numerosas antologías y ha recibido distinciones nacionales e
internacionales, tales como el Premio Pola de Lena, de cuentos, en 1985; Premio Menada,
República de Macedonia, 2006; Premio Literario Naji Naaman, Líbano, 2004. Su novela
Los nudos del silencio fue distinguida como Mejor Novela Extranjera 2005 por el PEN
Club de Puerto Rico, en 2006. Su novela La Querida es Premio Municipal de Literatura,
2010. Obtuvo el Premio Nacional de Literatura, 2011, con su poemario Las moradas del
universo. Fue distinguida como Maestro del Arte en Literatura por el Congreso Nacional en
2013.
Fue Presidenta de la Sociedad de Escritores del Paraguay durante el periodo 1998-
1999, y actualmente se desempeña como Presidenta d ela Academia Paraguaya de la
Lengua Española.
Su obra, tanto poética como narrativa, ha sido traducida al guaraní, francés, inglés,
alemán, sueco, rumano, portugués, italiano, albanés, árabe, hindi y chino. Su voz está
grabada en la Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos de América.
Fue postulada al Premio Internacional de Poesía Ciudad de Granada “Federico
García Lorca” por la Embajada del Paraguay en Madrid y la Academia Paraguaya de la
Lengua Española, en 1999.
Postulada al Premio Reina Sofía por el PEN Club del Paraguay y la Universidad
Americana de Asunción, en 2005.
El PEN Club del Paraguay presentó su candidatura para el Premio Nobel en el año
2008.
Argumentación.
Una pareja de clase media alta viaja a París en plan de vacaciones. La esposa,
Malena, proviene de una familia de buena posición en la sociedad asuncena; el esposo,
Manuel –de orígenes humildes– ha ascendido socialmente gracias al matrimonio. Ella ha
abandonado todos sus planes al casarse, convirtiéndose en una mujer sumisa y frustrada; él,
decidido a paliar las falencias de su infancia, no ha dudado en ponerse a las órdenes del
régimen stronista, convirtiéndose en miembro de las fuerzas parapoliciales de represión,
cosa que su esposa ignora. En París, él decide ir a un porno show, a pesar de la reticencia de
la esposa, que termina acompañándolo. En un pequeño teatro de baja categoría, asisten al
espectáculo para el que ninguno de los dos estaba preparado: un show de lesbianas; baile y
striptease entre una bailarina francesa y una bailarina vietnamita: Mei Li. A Malena sus
escrúpulos de pequeña burguesa la asombran e inhiben en un primer momento; a Manuel,
su concepto del acto sexual como dominación del hombre sobre el cuerpo de la mujer lo
impulsan a marcharse, pero cede finalmente ante la decisión de Malena y ambos siguen
presenciando el espectáculo.
Entre Mei Li y Malena queda de pronto establecido un vínculo emocional que las
irá uniendo a pesar de sus diferencias socioculturales y hará que ambas lleguen al
autoconocimiento, teniendo como catalizador la música de un saxo que acompaña el
espectáculo de striptease.
Cuando la función finaliza, queda claro que en Malena se ha producido un cambio y
que Mei Li ha contribuido en ello.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
Preámbulo.
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el
reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos
los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos
han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha
proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en
que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de
palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de
Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión
contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre
las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su
fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona
humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a
promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio
de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en
cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a
los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la
mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso.
La Asamblea General proclama la presente:
Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos
los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las
instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la
educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de
carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos,
tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados
bajo su jurisdicción.
Artículo 1:
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados
como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
“Las mujeres decentes no vienen a estos lugares. Las mujeres que bailan
desnudas no son mujeres, son prostitutas.” Página 44.
“Y una queriendo que tome la sopa y sea feliz, como ella cuando chica, y
durante el bachillerato, y en los primeros tiempos de Manuel, cuando todavía era un
muchacho modesto, sin posición ni familia conocida; un pobretón anónimo, como
rezongaba mi padre.” Página 115.
“El apuro me viene cuando me acuerdo de que soy una simple cosita
doméstica, buena para guisar.” Página 125.
“¿Dónde andaba mi sobrina vagabunda, metida en los arrabales de la
noche?.” Página 129.
“De pronto, soy un objeto separado de mi alma, un pedazo de carne que
cualquiera puede colgar de un gancho.” Página 134.
Artículo 2:
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o
de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o
internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata
de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no
autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
“¿Habrá algo mas incongruente que esta mujer oriental bailando jazz
en un cuartito recargado de adornos rococó?.” Página 49.
“Si nos estamos haciendo ricos, y por primera vez el dinero me colgó la
etiqueta de importante en todas las costuras del traje.” Página 58.
“Me río de tu fachada de mujercita perfecta ¡que hacendosa¡,
tragándose todas las mañanas con el desayuno una suculenta vara de obediencia.”
Página 60.
“Pero esa mujer, irremediablemente burguesa, solo ve mi cuerpo
enardecido.” Página 77.
“Pero dónde estamos ¿Noves que son lesbianas? (Lesbianas).” Página
120.
“No aguanto un minuto más el manoseo de estas dos oliéndose como si
fueran perras.” Página 130.
“Sí, saberse fuerte y pensar que nunca más volverá a tragar el polvo del
chato pobrerío, la mirada despectiva de los otros, muerto de envidia dentro de su
anonimato de hijo ilegítimo y estudiante fracasado.” Página 133.
“¿Y para qué quiero yo una maldita vida de chino?. Mi dinero, eso
quiero.” Página 150.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
“Me prometiste que en este viaje haría lo que yo quisiera, que así
olvidaría el piano, tus salidas, los rumores y todo lo demás.” Página 27.
“Si no te gusta, podés irte, nadie te obliga a estar a mi lado; las puertas
están abiertas.” Página 28.
“Él nos impidió salir sin protección a la calle cuando se clausuró el
prostíbulo, pocos días después que abrieran las puertas a patadas en busca de clientes
comprometidos.” Página 66.
“El miedo camina por las montañas boscosas de la frontera donde la
vigilancia es atroz.” Página 111.
Artículo 4:
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de
esclavos están prohibidas en todas sus formas.
“No soy aquí, prisionera de esta complacencia ajena, frente al insano
placer de bocas ávidas y ojos voraces, sino en aquel tiempo primigenio, cuando aún
era germen, bosquejo, perspectiva, y mis pasos eran pequeños.” Página 90.
“Para Mei Li, la sumisión es un insulto que la hace actuar por reacción.
¿Será porque le trae noticias demasiado agobiantes de otras servidumbres
anteriores?.” Página 97-98.
“¿A quién sirve verdaderamente Manuel dentro de los muros de un
despacho sin dirección, ni puerta de entrada, y fuera de ellos también? ¿Quién lo
manda y lo atenaza desde ese anonimato que se obstina en conservar a toda costa? ¿Y
por qué se le achicarán los ojos, apenas levanta el tubo cuando suena el teléfono en las
horas agrandadas por la noche?.” Página 102-103.
“Al cabo de un rato, repuesta ya de tanta divagación, entra en la casa
dando mecánicamente las órdenes para el almuerzo.” Página 123-124.
“Cuando lo saturó el hastío, la vendió simplemente al prostíbulo donde
fue rematada varias veces como una virgen adolescente.” Página 175.
Artículo 5:
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
“Amedrentada y rígida, sigues sujeta al asiento por un clavo invisible.”
Página 60.
“Me pregunto cómo viniste a parar a este decorado de cartón para
hacer lo que haces: desvestirse noche a noche frente al deseo de los hombres.” Página
64-65.
“Vaya cosa interesante esta putita que se escurre de un lado a otro al
compás enrojecido del saxo, ¡y tan chiquita¡ Como será en la cama semejante
espécimen, se pregunta intrigado Manuel, que no puede para el empuje de su
torrentosa imaginación.” Página 69.
“Al instante, protestando inocencia insiste en que él no sabía, cómo se
iba a imaginar ¡qué te parece¡ Le ordena levantarse, ahora, de inmediato.” Página 83.
“No puedo dejar de preguntarme en qué momento extravió la inocencia,
para deslizarse hasta este teatrito de mala muerte y poca reputación, agraviada por
codiciosos deseos.” Página 89.
“Porque ordenar los golpes es algo que pesa.” Página 139.
“No bien se sacudió las arrugas del traje, recibió la paga por mi cuerpo
y me dejó en el burdel.” Página 161.
“Después de aquella noche que la violó el francés, nunca volvió a ser la
misma.” Página 174.
Artículo 6:
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su
personalidad jurídica.
Artículo 7:
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de
la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta
Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
“Pero, ¿por qué a mí, su hija, su pequeña? ¿Cómo pudo ella
convertirme en un pedazo de nadie? Después supe que las mujeres no cuentan en mi
tierra. Somos nada más cosas que comen y ocupan espacio, a veces cantan, y sirven
para el uso diario.” Página 83.
Artículo 8:
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales
competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales
reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9:
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
“Sí. Mi primer recuerdo es el exilio. Por mucho que busque otro,
siempre descubro que será el primero.” Página 82.
Artículo 10:
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída
públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la
determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación
contra ella en materia penal.
Artículo 11:
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia
mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le
hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no
fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena
más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12:
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su
domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona
tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13:
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el
territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a
regresar a su país.
Artículo 14:
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de
él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente
originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las
Naciones Unidas.
Artículo 15:
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de
nacionalidad.
Artículo 16:
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin
restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una
familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y
en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá
contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a
la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17:
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18:
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de
religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la
libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en
público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19:
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho
incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir
informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier
medio de expresión.
“Resueltamente se zafa de la presión de las manos de Manuel que
protestan, tercas, sobre su brazo avaricioso, sin resignarse a que ella, su mujer (cómo
se atreve), de pronto y sin aviso, decida pensar por sí misma.” Página 87.
Artículo 20:
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21:
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o
por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las
funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad
se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por
sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice
la libertad del voto.
Artículo 22:
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a
obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la
organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos,
sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23:
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a
condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo
igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y
satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad
humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de
protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de
sus intereses.
“Y que algunos hasta administran reservados y prostíbulos caros, bajo
nombres supuestos, tomándoles examen de ingreso a las pupilas. Para que sepas
nomás te cuento.” Página 113.
Artículo 24:
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una
limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25:
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como
a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la
asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros
en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus
medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.
Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual
protección social.
“Mi tío salió temprano a buscar changas en los barrios bajos. Pero la
noche le ganará como siempre la partida y finalmente terminará rebuscándose en los
basurales del suburbio, para no volver con las manos vacías. Nadie tira nada en estos
tiempos, aunque a veces la suerte se le cruza en el camino y trae algo: algún
desperdicio, pollo viejo, pescado rancio, lacios brotos de soja; la delicia de cualquier
sobra.” Página 85.
“Aunque sabe cuánta gente solo come mandioca porque no tiene otra
cosa, ¿podría de veras hacerse cargo de cuán frugal puede ser la realidad cuando lo
que se hierve en la olla es únicamente mandioca y ella la compra únicamente para
acompañar el asadito de los domingos?.” Página 104.
Artículo 26:
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al
menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción
elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el
acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el
fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales;
favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los
grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones
Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá
de darse a sus hijos.
Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la
comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios
que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales
que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que
sea autora.
Artículo 28:
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el
que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente
efectivos.
Artículo 29:
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella
puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona
estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de
asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de
satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una
sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición
a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30:
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho
alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o
realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades
proclamados en esta Declaración.
“Y aun cuando no se sepa nada, desde luego, o peor, se aletargue la
voluntad de saber, algo siempre se filtra por los ojos de algún testigo que no se logra
silenciar: como aquello de que arrojaron gente desde aviones militares sobre los
palmares del Chaco, o en otra parte, para desbaratar la guerrilla envuelta en sacos de
lona.” Página 103.
“Ella no se imagina (porque nunca se planteó la cuestión) la existencia
de leyes que no se cumplan, o la promulgación de otras que legalicen los vejámenes de
la autoridad. Y que el inventario de delitos fabricados para involucrar a los enemigos
del orden público sea tan copioso como los canastos de las verduleras recién llegadas
a sus puestos del Mercado 4.” Página 104.

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