miércoles, 14 de octubre de 2015

Los nudos del silencio René Ferrer - Milcar Amarilla


Ficha Bibliográfica.

Alumno: Milcar Dario Amarilla Aguilera.

Nombre del Libro: Los nudos del silencio.

Nombre de la Autora: Renée Ferrer.

Editorial: Servilibro. Asunción – Paraguay.

Páginas del Libro: Contiene 300 páginas

Biografía de la Autora. 

Renée Ferrer nació en Asunción, Paraguay. Es poeta, novelista, cuentista, dramaturga, se doctoró en Historia por la Universidad de Asunción con su tesis “Desarrollo Socio-Económico del Núcleo Poblacional Concepcionero” publicada posteriormente con el título de Un siglo de expansión colonizadora. Los orígenes de Concepción (1986). Entre sus numerosas publicaciones se destacan Poesía completa hasta el año 2000, que reúne los poemarios: Hay surcos que no se llenan (1965), Voces sin réplica (1967), Cascarita de nuez (1978), Desde el cañadón de la memoria (1982), Galope (1983), Campo y cielo (1985), Peregrino de la eternidad (1985), Sobreviviente (1985), Nocturnos (1987), Viaje a destiempo (1989), De lugares momentos e implicancias varias (1990), El acantilado y el mar (1993), Itinerario del deseo (1994), El resplandor y la sombra (1996), De la eternidad y otros delirios (1997), El ocaso del milenio (1999). Posteriormente publicó Las cruces del olvido (2001), Celebración del cuerpo y otros cantos (2007), Las moradas del universo (2011), e Ignominia (2013); las novelas: Los nudos del silencio (1988), Vagos sin tierra (1999), La Querida (2008), sobre la dictadura de Alfredo Stroessner. Ha publicado las colecciones de cuentos: La Seca y otros cuentos (1986), Por el ojo de la cerradura (1993), Desde el encendido corazón del monte (1994) y Entre el ropero y el tren (2004) y la obra teatral La colección de relojes (2001). Han escrito literatura infantil entre la que se cuentan, además de los poemarios citados, La mariposa azul y otros cuentos (1987), El pequeño Robin Hood (2013); las novelas Las andanzas de un anhelo (2003), y Pupunca (2011) y las obras teatrales El misterio de la mariposa azul (2004), Salvemos el lago (2008) y De cómo un niño salvó un cedro (2011). En el año 2003 recibió la condecoración “Caballero de la Orden de las Artes y las Letras”, otorgada por el Ministro de la Cultura y de la Comunicación de Francia. Su obra está incluida en numerosas antologías y ha recibido distinciones nacionales e internacionales, tales como el Premio Pola de Lena, de cuentos, en 1985; Premio Menada, República de Macedonia, 2006; Premio Literario Naji Naaman, Líbano, 2004. Su novela Los nudos del silencio fue distinguida como Mejor Novela Extranjera 2005 por el PEN Club de Puerto Rico, en 2006. Su novela La Querida es Premio Municipal de Literatura, 2010. Obtuvo el Premio Nacional de Literatura, 2011, con su poemario Las moradas del universo. Fue distinguida como Maestro del Arte en Literatura por el Congreso Nacional en 2013. Fue Presidenta de la Sociedad de Escritores del Paraguay durante el periodo 1998- 1999, y actualmente se desempeña como Presidenta d ela Academia Paraguaya de la Lengua Española. Su obra, tanto poética como narrativa, ha sido traducida al guaraní, francés, inglés, alemán, sueco, rumano, portugués, italiano, albanés, árabe, hindi y chino. Su voz está grabada en la Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos de América. Fue postulada al Premio Internacional de Poesía Ciudad de Granada “Federico García Lorca” por la Embajada del Paraguay en Madrid y la Academia Paraguaya de la Lengua Española, en 1999. Postulada al Premio Reina Sofía por el PEN Club del Paraguay y la Universidad Americana de Asunción, en 2005. El PEN Club del Paraguay presentó su candidatura para el Premio Nobel en el año 2008. Argumentación. Una pareja de clase media alta viaja a París en plan de vacaciones. La esposa, Malena, proviene de una familia de buena posición en la sociedad asuncena; el esposo, Manuel –de orígenes humildes– ha ascendido socialmente gracias al matrimonio. Ella ha abandonado todos sus planes al casarse, convirtiéndose en una mujer sumisa y frustrada; él, decidido a paliar las falencias de su infancia, no ha dudado en ponerse a las órdenes del régimen stronista, convirtiéndose en miembro de las fuerzas parapoliciales de represión, cosa que su esposa ignora. En París, él decide ir a un porno show, a pesar de la reticencia de la esposa, que termina acompañándolo. En un pequeño teatro de baja categoría, asisten al espectáculo para el que ninguno de los dos estaba preparado: un show de lesbianas; baile y striptease entre una bailarina francesa y una bailarina vietnamita: Mei Li. A Malena sus escrúpulos de pequeña burguesa la asombran e inhiben en un primer momento; a Manuel, su concepto del acto sexual como dominación del hombre sobre el cuerpo de la mujer lo impulsan a marcharse, pero cede finalmente ante la decisión de Malena y ambos siguen presenciando el espectáculo. Entre Mei Li y Malena queda de pronto establecido un vínculo emocional que las irá uniendo a pesar de sus diferencias socioculturales y hará que ambas lleguen al autoconocimiento, teniendo como catalizador la música de un saxo que acompaña el espectáculo de striptease. Cuando la función finaliza, queda claro que en Malena se ha producido un cambio y que Mei Li ha contribuido en ello. 

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS 

Preámbulo. Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana; Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias; Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión; Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones; Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad; Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso. La Asamblea General proclama la presente: Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

 Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. “Las mujeres decentes no vienen a estos lugares. Las mujeres que bailan desnudas no son mujeres, son prostitutas.” Página 44. “Y una queriendo que tome la sopa y sea feliz, como ella cuando chica, y durante el bachillerato, y en los primeros tiempos de Manuel, cuando todavía era un muchacho modesto, sin posición ni familia conocida; un pobretón anónimo, como rezongaba mi padre.” Página 115. “El apuro me viene cuando me acuerdo de que soy una simple cosita doméstica, buena para guisar.” Página 125. “¿Dónde andaba mi sobrina vagabunda, metida en los arrabales de la noche?.” Página 129. “De pronto, soy un objeto separado de mi alma, un pedazo de carne que cualquiera puede colgar de un gancho.” Página 134. 

Artículo 2: 1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. 
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía. “¿Habrá algo mas incongruente que esta mujer oriental bailando jazz en un cuartito recargado de adornos rococó?.” Página 49. “Si nos estamos haciendo ricos, y por primera vez el dinero me colgó la etiqueta de importante en todas las costuras del traje.” Página 58. “Me río de tu fachada de mujercita perfecta ¡que hacendosa¡, tragándose todas las mañanas con el desayuno una suculenta vara de obediencia.” Página 60. “Pero esa mujer, irremediablemente burguesa, solo ve mi cuerpo enardecido.” Página 77. “Pero dónde estamos ¿Noves que son lesbianas? (Lesbianas).” Página 120. “No aguanto un minuto más el manoseo de estas dos oliéndose como si fueran perras.” Página 130. “Sí, saberse fuerte y pensar que nunca más volverá a tragar el polvo del chato pobrerío, la mirada despectiva de los otros, muerto de envidia dentro de su anonimato de hijo ilegítimo y estudiante fracasado.” Página 133. “¿Y para qué quiero yo una maldita vida de chino?. Mi dinero, eso quiero.” Página 150. 

Artículo 3 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. “Me prometiste que en este viaje haría lo que yo quisiera, que así olvidaría el piano, tus salidas, los rumores y todo lo demás.” Página 27. “Si no te gusta, podés irte, nadie te obliga a estar a mi lado; las puertas están abiertas.” Página 28. “Él nos impidió salir sin protección a la calle cuando se clausuró el prostíbulo, pocos días después que abrieran las puertas a patadas en busca de clientes comprometidos.” Página 66. “El miedo camina por las montañas boscosas de la frontera donde la vigilancia es atroz.” Página 111. 

Artículo 4: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. “No soy aquí, prisionera de esta complacencia ajena, frente al insano placer de bocas ávidas y ojos voraces, sino en aquel tiempo primigenio, cuando aún era germen, bosquejo, perspectiva, y mis pasos eran pequeños.” Página 90. “Para Mei Li, la sumisión es un insulto que la hace actuar por reacción. ¿Será porque le trae noticias demasiado agobiantes de otras servidumbres anteriores?.” Página 97-98. “¿A quién sirve verdaderamente Manuel dentro de los muros de un despacho sin dirección, ni puerta de entrada, y fuera de ellos también? ¿Quién lo manda y lo atenaza desde ese anonimato que se obstina en conservar a toda costa? ¿Y por qué se le achicarán los ojos, apenas levanta el tubo cuando suena el teléfono en las horas agrandadas por la noche?.” Página 102-103. “Al cabo de un rato, repuesta ya de tanta divagación, entra en la casa dando mecánicamente las órdenes para el almuerzo.” Página 123-124. “Cuando lo saturó el hastío, la vendió simplemente al prostíbulo donde fue rematada varias veces como una virgen adolescente.” Página 175. 

Artículo 5: Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. “Amedrentada y rígida, sigues sujeta al asiento por un clavo invisible.” Página 60. “Me pregunto cómo viniste a parar a este decorado de cartón para hacer lo que haces: desvestirse noche a noche frente al deseo de los hombres.” Página 64-65. “Vaya cosa interesante esta putita que se escurre de un lado a otro al compás enrojecido del saxo, ¡y tan chiquita¡ Como será en la cama semejante espécimen, se pregunta intrigado Manuel, que no puede para el empuje de su torrentosa imaginación.” Página 69. “Al instante, protestando inocencia insiste en que él no sabía, cómo se iba a imaginar ¡qué te parece¡ Le ordena levantarse, ahora, de inmediato.” Página 83. “No puedo dejar de preguntarme en qué momento extravió la inocencia, para deslizarse hasta este teatrito de mala muerte y poca reputación, agraviada por codiciosos deseos.” Página 89. “Porque ordenar los golpes es algo que pesa.” Página 139. “No bien se sacudió las arrugas del traje, recibió la paga por mi cuerpo y me dejó en el burdel.” Página 161. “Después de aquella noche que la violó el francés, nunca volvió a ser la misma.” Página 174. 

Artículo 6: Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

 Artículo 7: Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. “Pero, ¿por qué a mí, su hija, su pequeña? ¿Cómo pudo ella convertirme en un pedazo de nadie? Después supe que las mujeres no cuentan en mi tierra. Somos nada más cosas que comen y ocupan espacio, a veces cantan, y sirven para el uso diario.” Página 83.

 Artículo 8: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

 Artículo 9: Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. “Sí. Mi primer recuerdo es el exilio. Por mucho que busque otro, siempre descubro que será el primero.” Página 82.

 Artículo 10: Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. 

Artículo 11: 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. 

Artículo 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. 

Artículo 13: 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. 
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país. 

Artículo 14: 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. 

Artículo 15: 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad. 

Artículo 16: 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. 

Artículo 17: 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. 

Artículo 18: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. 

Artículo 19: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. “Resueltamente se zafa de la presión de las manos de Manuel que protestan, tercas, sobre su brazo avaricioso, sin resignarse a que ella, su mujer (cómo se atreve), de pronto y sin aviso, decida pensar por sí misma.” Página 87.

 Artículo 20: 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. 

Artículo 21: 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto. 

Artículo 22: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. 

Artículo 23: 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. 
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. “Y que algunos hasta administran reservados y prostíbulos caros, bajo nombres supuestos, tomándoles examen de ingreso a las pupilas. Para que sepas nomás te cuento.” Página 113.

 Artículo 24: Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. 

Artículo 25: 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social. “Mi tío salió temprano a buscar changas en los barrios bajos. Pero la noche le ganará como siempre la partida y finalmente terminará rebuscándose en los basurales del suburbio, para no volver con las manos vacías. Nadie tira nada en estos tiempos, aunque a veces la suerte se le cruza en el camino y trae algo: algún desperdicio, pollo viejo, pescado rancio, lacios brotos de soja; la delicia de cualquier sobra.” Página 85. “Aunque sabe cuánta gente solo come mandioca porque no tiene otra cosa, ¿podría de veras hacerse cargo de cuán frugal puede ser la realidad cuando lo que se hierve en la olla es únicamente mandioca y ella la compra únicamente para acompañar el asadito de los domingos?.” Página 104. 

Artículo 26: 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. 
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. 

Artículo 27 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. 
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. 

Artículo 28: Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

 Artículo 29: 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

 Artículo 30: Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. “Y aun cuando no se sepa nada, desde luego, o peor, se aletargue la voluntad de saber, algo siempre se filtra por los ojos de algún testigo que no se logra silenciar: como aquello de que arrojaron gente desde aviones militares sobre los palmares del Chaco, o en otra parte, para desbaratar la guerrilla envuelta en sacos de lona.” Página 103. “Ella no se imagina (porque nunca se planteó la cuestión) la existencia de leyes que no se cumplan, o la promulgación de otras que legalicen los vejámenes de la autoridad. Y que el inventario de delitos fabricados para involucrar a los enemigos del orden público sea tan copioso como los canastos de las verduleras recién llegadas a sus puestos del Mercado 4.” Página 104.


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